Registro Territorial de la Propiedad Intelectual

Existen una serie de derechos sobre los bienes que las empresas van desarrollando pero que solamente pueden ser defendidos y conservados si previamente se han registrado. En este caso podemos inidcar las marcas, logos, web, programas informáticos...
Registro Territorial de la Propiedad Intelectual en la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid ofrece a las empresas el Registro Territorial de la Propiedad Intelectual al que uno se puede dirigir para inscribir los derechos sobre creaciones intelectuales, programas de ordenador, bases de datos y páginas webs.
Registrar los derechos es sencillo siendo estas las instrucciones básicas:
Junto a su solicitud, deberá enviar el justificante del abono de la tasa (artículo 12 del Real Decreto 281/2003, de 7 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro General de la Propiedad Intelectual), por lo que tendrá que pagarla antes de rellenar el formulario.
Por los servicios prestados por este Registro, deberán abonarse las tasas establecidas en los artículos 310 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley 13/2002 de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid. La tasa por la tramitación del expediente de solicitud de inscripción es de 13,33 €. Esta tasa se abona únicamente por el hecho imponible "Tramitación de expedientes de solicitud", sin perjuicio de las posteriores que puedan realizarse en el momento en que se presente otra documentación.
Al cumplimentar el formulario, está obligado a cumplimentar los campos marcados con asterisco. Si no los rellena, no podrá enviar su solicitud ni generar el impreso.
Se debe incluir, tal y como se va a solicitar, la documentación requerida además de cumplimentar los campos requeridos.
Si desea solicitar la inscripción como colección de obras, actuaciones o producciones, deberá cumplimentar el Modelo C antes de rellenar el formulario correspondiente. Recuerde que, por cada título adicional a partir del segundo, tendrá que abonar 3,73 €, que se sumarán a los 13,33 € de la tasa por la tramitación del expediente de solicitud de inscripción.
Si quiere más información pulse sobre el siguiente enlace: Registro Territorial de la Propiedad Intelectual
Nota: esta información es meramente informativa no significando que sea válida en todo momento. Consulte con los profesionales de Adiser
Artículos más populares

Bienes afectos a las actividades económicas

Adiser ayuda con las obligaciones contables para PYMES y Autónomos
