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04
Abr, 2023

Información sobre la ayuda de 200 euros para personas físicas

Desde Adiser queremos informarte acerca de las nuevas ayudaa de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio.

Es una ayuda que consiste en un pago único de 200 euros, para las personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, que durante el 2022 hayan sido asalariados, autónomos, o beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo.

Pueden pedir esta ayuda aquellas personas que, en el 2022:

  • Hayan realizado una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad,
  • O hayan sido beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo.
  • Siempre que no superen 27.000 euros íntegros de rentas (es decir, el importe bruto sin descontar gastos ni retenciones) y 75.000 euros de patrimonio a 31 de diciembre de 2022 (descontando la vivienda habitual).
    Para el cálculo deben sumarse las rentas y el patrimonio de las siguientes personas que convivan en el mismo domicilio: beneficiario; cónyuge; pareja de hecho inscrita en el registro de uniones de hecho; descendientes menores de 25 años, o con discapacidad, con rentas que no excedan de 8.000 euros (excluidas las exentas); y ascendientes hasta segundo grado por línea directa.
  • Y tengan residencia habitual en España, en los términos previstos en el artículo 9 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, (permanecer más de 183 días o núcleo principal de la actividad en territorio español).

Para solicitar la ayusa se debe tener en cuenta los ingresos íntegros y el patrimonio del solicitante y de las siguientes personas que convivan en el mismo domicilio:

  • su cónyuge o pareja de hecho inscrita en el registro de uniones de hecho de la respectiva Comunidad Autónoma o Ciudad Autónoma,
  • aquellas personas que pudiesen dar derecho a aplicar el mínimo por descendientes "Más información" regulado en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF,
  • ascendientes hasta segundo grado por línea directa.

Para la determinación de estas circunstancias se atenderá a la situación existente a 31 de diciembre de 2022.

Por tanto, no se tendrán en cuenta los ingresos y patrimonio de otras personas convivientes en el mismo domicilio que no estén unidas por los vínculos anteriores.

Así, no se sumará el ingreso y el patrimonio de las personas que compartan piso sin tener una relación de las mencionadas en los tres puntos anteriores.

Información de la Agencia Tributaria


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