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08
Sep, 2020

Concepto y estructura del Salario

Se considera salario la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena.

Básicamente podemos clasificar los salarios en las siguientes clases:

  • Salario a unidad de tiempo. Sólo se atiende a la duración del servicio, independientemente de la cantidad de obra realizada.
  • Salario por obra (destajo). Sólo se atiende a la cantidad y calidad de la obra o trabajos realizados, pagándose por piezas, medidas, trozos, o conjuntos de terminados, independientemente del tiempo invertido
  • Salarios mixtos. Se compone de salario por unidad de tiempo y salario por unidad de obra (prima o incentivo).

Estructura del Salario

Es aquella parte de la retribución del trabajador fijado por unidad de tiempo, sin atender a ninguna otra circunstancia.

Complementos:

• Personales: derivan de las condiciones personales del trabajador que no han sido valoradas al fijar el salario base (antigüedad, idiomas, títulos, etc.)
• De puesto de trabajo: su percepción depende exclusivamente del ejercicio de la actividad profesional en el puesto asignado, no tiene carácter consolidables, (penosidad, toxicidad, peligrosidad, máquinas, turnos, nocturnidad).
• De vencimiento periódico superior al mes: son percepciones cuya periodicidad supera el mes (pagas extraordinarias o participación en beneficios).
• Por calidad o cantidad de trabajo. Se recibe por razón de una mejor calidad o una mayor cantidad de trabajo (plus de actividad, asistencia o asiduidad).
• Horas extraordinarias. Horas de trabajo que se realicen excediendo la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo.
• En especie. Remuneraciones percibidas por el trabajador en bienes distintos del dinero (manutención, alojamiento, casa-habitación, utilización de coche de la empresa, etc.)
• De residencia. Remuneran la prestación de trabajo en un lugar determinado (provincias insulares, Ceuta y Melilla.)

Devengos extrasalariales.
Son devengos o percepciones que se destinan a compensar o indemnizar gastos o necesidades del trabajador:

• Indemnizaciones o suplidos. Son compensaciones económicas por gastos realizados por el trabajador como consecuencia de su actividad laboral.
• Quebranto de moneda. Resarce de los desajustes de saldo por manejo menudo y abundante de numerario.
• Por desgaste de herramientas. Propias del trabajador.
• Por prendas del trabajo.
• Gastos de locomoción. Desplazamientos necesarios por causa de trabajo y por orden de la empresa.
• Dietas. Compensa al trabajador por los mayores gastos que se ve obligado a realizar al tener que pernoctar o comer fuera de su domicilio.
• Plus de distancia. Cuando el centro de trabajo se halle a más de 2 Km del casco urbano de su localidad de residencia.
• Plus de transporte urbano. Se percibe por el incremento de las tarifas de los transportes urbanos.
• Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social:

o El pago delegado de las prestaciones económicas por incapacidad laboral transitoria, desempleo parcial.
o Las mejoras voluntarias, por el empresario, de la acción protectora de la SS.
o Asistencia social relativa a fines formativos, culturales, deportivos y recreativos.
o Prestaciones referentes a economatos, comedores o instituciones de la misma índole.
o Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos.

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